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Energías de Mallorca
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Proyectos tramitados

Desde el año 2012 hemos realizado numerosas instalaciones

Subvenciones

Subvenciones autoconsumo eléctrico con o sin almacenamiento y renovables térmicas para personas físicas (PITEIB PERSONAS FÍSICAS)

Beneficiarios

Servicios

Personas físicas con domicilio en las Illes Balears que no realizan actividad económica en el lugar en el que da servicio la instalación. 

Personas físicas con domicilio en las Illes Balears que realizan actividad económica en el lugar en el que da servicio la instalación. En este caso deben estar dadas de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 

Las personas físicas beneficiarias con actividad económica, y las personas físicas que realicen una actividad económica en el sitio donde da servicio la instalación de autoconsumo, están sometidas a los requisitos y límites establecidos en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión. Por eso, el importe total de las ayudas de minimis que se podrán recibir no podrá exceder la cifra de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales. 

Requisitos generales

Son subvencionables las actuaciones que se ubiquen en las Illes Balears. 

Las actuaciones deberán llevarse a cabo desde el 16 de junio de 2022 hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento. Este plazo no podrá ser posterior al 31 de julio de 2025. 

Sólo podrá presentarse una solicitud de subvención por ubicación o ligada al mismo consumo o consumos. 

Actuaciones subvencionables

Programa de incentivos 1: autoconsumo con o sin almacenamiento 

Nuevas instalaciones de autoconsumo fotovoltaico hasta 10 kWp y/o eólico hasta 10 kW. Se puede instalar más potencia, pero solo se subvencionan los primeros 10 kWp o kW. 

Nuevos sistemas de acumulación ion litio complementarias a las instalaciones anteriores, con capacidad de acumulación hasta 30 kWh que tengan 5 años de garantía certificada por el fabricante. Se puede instalar más capacidad de acumulación, pero solo se subvencionan los primeros 30 kWh. 

Son subvencionables tanto las instalaciones conectadas a la red, como las instalaciones aisladas. 

El consumo anual de energía por parte del consumidor asociado será igual o mayor al 80 % de la energía anual generada por la instalación de generación. 

Todas las instalaciones deberán disponer de un sistema de monitorización de la energía eléctrica producida por la instalación y deberá tener como mínimo las siguientes funcionalidades: Mostrar el consumo y la producción energética renovable en términos diarios, mensuales y anuales. 

Podrá mostrar datos adicionales como: emisiones de CO2 evitadas y ahorro económico generado. 

Esta información deberá ser accesible a través de dispositivo móvil. 

No son subvencionables las instalaciones que incorporen dispositivos que impidan el vertido instantáneo. 

En instalaciones aisladas, se debe acreditar la legalidad del lugar de emplazamiento de la instalación con: un certificado del ayuntamiento que acredite la legalidad, la cédula de habitabilidad, una copia de la licencia de obras o el certificado de fin de obra. 

Se establecen las siguientes cuantías de subvención: 

  • Instalaciones fotovoltaicas: 

Ayuda = 600 (€/kWp) x potencia de la instalación de generación en kWp 

  • Instalaciones microeólicas: 

Ayuda = 2.900 (€/kW) x potencia de la instalación de generación en kW 

  • Instalaciones de acumulación de ion litio 

Ayuda total = 400 (€/kWh) x capacidad de la instalación de almacenamiento kWh

La subvención total por beneficiario no podrá ser superior a 30.000 euros. 

En todo caso, la ayuda final a percibir por el solicitante no podrá superar el coste subvencionable total de la actuación efectivamente realizada, convenientemente justificada. 

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será desde el 1 de abril de 2024 hasta el 30 de diciembre de 2024 o hasta el posible agotamiento, dentro de este periodo, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria (15.000.000 €).

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